Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Visto que en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA nº 82 de fecha 10 de julio de 2026 se publicó la “CONVOCATORIA Y BASES DE LA SUBVENCIÓN PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJOS EN EL MUNICIPIO DE GUARDO- (BDNS: 917417)”.
Vista la documentación presentada en el registro de entrada del Ayuntamiento de Guardo al objeto de solicitar la Ayuda por nacimiento o adopción de hijos. Vistos los arts. 23, 24, 25 y 26 de la Ley 38/2003, de 21 de noviembre, General de Subvenciones, así como la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Guardo, Bases de Ejecución del Presupuesto, Bases de la Convocatoria, demás disposiciones e informes.
En uso de las facultades que legalmente tengo conferidas, en especial por el artículo 21.1.f de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por los artículos 185 y 186 del Real Decreto Legislativo 2/2005, de 4 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por los artículos 60 y 61 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de Haciendas Locales en materia presupuestaria, vengo a adoptar la siguiente
RESUELVO:
PRIMERO. – DISPONER el gasto por importe de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS EUROS (19.800 €) con cargo a la partida presupuestaria 231.480.09 ASISTENCIA SOCIAL. NATALIDAD, y en consecuencia conceder las correspondientes subvenciones a los siguientes beneficiarios que se relacionan en el ANEXO I y se incorporan al presente Decreto en las cuantías que se especifican Así como RECONOCER LAS OBLIGACIONES derivadas de la concesión.
SEGUNDO. – DENEGAR las solicitudes de las personas relacionadas en el ANEXO II, por los motivos que se especifican.
TERCERO. – ORDENAR EL PAGO de las subvenciones de ayudas al nacimiento o adopción de hijos mediante transferencia bancaria, a los siguientes beneficiarios:
Ayudas a la natalidad 2026 (PDF)


